Afiliaciones: se incorpora la figura de “Hijos Afines”
El Honorable Directorio de OSEP realizó la modificación del anexo de la Resolución Reglamentaria Nº2280/2016 para autorizar la incorporación de hijos menores de pareja conviviente afiliada.
Aquellos afiliados activos cuya pareja estable estaba incorporada a OSEP pero sus hijos (de parejas anteriores) no podían acceder a la afiliación. Ahora podrán ingresar cumplimentando una serie de requisitos.
Una de las condiciones para incorporar a estos menores es que su madre o padre biológico por la razón que fuera no puede brindar cobertura social a sus hijos. El ingreso se realiza bajo la categoría “Voluntario” con o sin descuento por bono hasta la edad de 21 años y puede prorrogarse hasta los 25 años en caso de estar cursando estudios de cualquier nivel.
Requisitos generales para ingresar en el Sistema de Afiliación de la OSEP:
Según lo resuelto… Los hijos afines del cónyuge o conviviente del afiliado directo activo o pasivo podrán ser incorporados como afiliados indirectos voluntarios a cargo, cuando cumplan los siguientes requisitos:
• Ser menor de 21 años siempre que acredite que no posee el ingresante medio de vida comprobable.
• Ser hijo afín, del cónyuge o conviviente y que éste tenga a su cargo el cuidado personal del niño/a o adolescente (independientemente de cuidado personal unipersonal o compartido).
• No gozar de ningún otro beneficio social o previsional, el ingresante y sus progenitores (biológicos o adoptantes).
• No estar afiliado a otra obra social el ingresante y sus padres biológicos o adoptantes.-
• Tener examen médico con calificación apto.