Para acceder a las prestaciones de discapacidad el afiliado debe empadronarse en el sector de Discapacidad, ubicada en el edificio Xeltahuina o en las Delegación o Subdelegación de la Obra Social más cercana.
¿Qué es el empadronamiento?
Es el trámite administrativo que le permite a los afiliados con discapacidad poder gestionar cobertura al 100% en las prestaciones y/o elementos relacionados con su patología discapacitante.
¿Cómo realizar el trámite?
El afiliado con discapacidad o la persona responsable debe asistir a la Dirección de Discapacidad de OSEP o a la Delegación o Subdelegación de la Obra Social más cercana a su domicilio.
Documentación a presentar
Certificado de Discapacidad Nacional (original y fotocopia)
Fotocopia del DNI del titular y del afiliado con discapacidad
Fotocopia del carnet del afiliado con discapacidad
Vigencia del empadronamiento
Para la validez del empadronamiento se tendrá en cuenta la fecha de vencimiento del Certificado de Discapacidad presentado.
Los afiliados serán los responsables de gestionar la renovación de su certificado ante la Junta de Discapacidad de la Provincia, previo a la fecha de vencimiento.
Los afiliados que no realicen este trámite perderán los beneficios de cobertura especial de discapacidad que hayan estado recibiendo por parte de OSEP.
Consultas
En el interior consulte en la Sede o Subsede más cercana a su domicilio.
Pasadas las 48 horas hábiles de solicitada la Receta Digital puede consultarla a través de Mi OSEP o la App OSEP Móvil en Prestaciones asistenciales – Recetas digitales por consumir.