Rehabilitación kinesiológica sin autorización previa

Desde septiembre no se requiere autorización previa para rehabilitación kinesiológica ambulatoria de OSEP.

Con el propósito de facilitar el acceso a los servicios, con menos trámites y gastos adicionales de tiempo y traslado, los afiliados que deban realizar sesiones de kinesiología y/o fisioterapia no deben autorizarlas.

El afiliado debe concurrir directamente al profesional prestador de la Obra Social. Para elegir el profesional podrá consultar la Cartilla de Prestadores en el sitio web www.osep.mendoza.gov.ar, haciendo click en Turnos y Servicios y luego en la barra lateral en el ítem “Cartilla de prestadores”. Allí en la casilla “especialidad” deberá colocar kinesiología y realizar la búsqueda por departamento.

La omisión de autorización es válido para todos aquellos pacientes que les haya sido prescriptos hasta un tope de 20 (veinte) sesiones. De superar esa cantidad en el año, deberán asistir al Departamento de Kinesiología y Rehabilitación o a la Sede más cercana.

Excepciones

Aquellos afiliados con órdenes para postoperatorio, atención domiciliaria, tope de sesiones, con certificados de discapacidad, por servicios interprovinciales o los que requieran de hidroterapia, deben concurrir al Departamento de Kinesiología y Rehabilitación, Rondeau 351, de Ciudad para su autorización correspondiente o a la sede más cercana. 

Valor de coseguro

Desde septiembre rigen los siguientes montos:

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