La Justicia de Mendoza avala la intercambiabilidad de medicamentos genéricos de alto costo

Un reciente fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Mendoza ha generado un precedente significativo en la gestión de recursos de salud de alto costo. La decisión, que revirtió un fallo de primera instancia, avala la potestad de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) de sustituir un medicamento de marca específica por una versión genérica y bioequivalente para el tratamiento de Hipertensión Arterial Pulmonar (HAP) tipo 1.

El caso se centró en una paciente con HAP a quien OSEP le ofreció el fármaco Treprostinil Sandoz en lugar de la marca solicitada, Remodulin. La paciente había presentado un recurso de amparo argumentando la necesidad de la marca original.

El dictamen de la Agencia de Tecnologías Sanitarias: mismo principio activo

El fundamento de la Cámara de Apelaciones se basó en un informe técnico de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (AAETS) de Mendoza. Este organismo dictaminó que ambos medicamentos —Remodulin y Treprostinil Sandoz— “tienen el mismo principio activo, concentración y forma de administración, por lo que son intercambiables”. En la práctica médica, esto significa que ambas drogas son consideradas bioequivalentes y ofrecen la misma eficacia y seguridad para el paciente.

El Treprostinil subcutáneo es un medicamento vital para los pacientes con HAP tipo 1, una enfermedad crónica que provoca el aumento anormal de la presión arterial en las arterias pulmonares, lo que exige un esfuerzo adicional al corazón y puede derivar en insuficiencia cardíaca derecha.

Ahorro sustancial para el Sistema de Salud

Más allá del caso individual, el informe de la AAETS puso el foco en el impacto económico de esta decisión. La existencia de versiones genéricas y bioequivalentes del fármaco en Argentina permite que la elección de marcas como Hipular o Treprostinil Sandoz en lugar de la original (Remodulin) pueda generar un ahorro de hasta un 64,47% en el costo anual por paciente.

Para el Sistema de Salud de Mendoza, el potencial de ahorro se estima en cientos de millones de pesos. El informe califica la compra de la marca más costosa como un “costo-oportunidad” negativo, al señalar que el dinero extra gastado en un solo paciente podría reasignarse para financiar recursos esenciales, como dos meses de vacunas o tres meses de medicamentos respiratorios para toda la población asistida por el subsector estatal.

La conclusión de las autoridades sanitarias es clara: la Legislación Argentina habilita la prescripción por nombre genérico, lo que permite a los financiadores elegir las formas más económicas sin comprometer en modo alguno la calidad de la atención ni la salud de los pacientes. El fallo judicial respalda así la política de optimización de recursos sanitarios basada en evidencia científica.

https://aets.com.ar/wp-content/uploads/2025/03/INFORME-TREPROSTINIL-1-24-AETS-.pdf

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